Primera Página - Agencia de Noticias - Berna. - El Tribunal Federal suizo desestimó el recurso presentado por el ciclista colombiano Miguel ángel López contra la decisión del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que había ratificado su sanción por una infracción de las normas antidopaje. Con el fallo, el caso quedó cerrado, según informó este sábado 19 de septiembre la Unión Ciclista Internacional (UCI). El TAS había confirmado el pasado siete de mayo de 2025 la decisión del Tribunal Antidopaje de la UCI, que declaró a López responsable por el uso y posesión de una sustancia prohibida en relación con el Giro de Italia 2022. La sanción contempla cuatro años de inelegibilidad, desde el 25 de julio de 2023 hasta el 24 de julio de 2027. También establece la descalificación de todos los resultados obtenidos entre el tres de mayo de 2022 y el 25 de julio de 2023, además de una multa equivalente al 70% de los ingresos brutos que el corredor obtuvo del ciclismo durante 2022. La UCI señaló que el expediente se originó en pruebas entregadas por la Guardia Civil española y la Organización Española Antidopaje (Celad) a la Agencia Internacional de Controles, en el marco de la denominada Operación Ilex. Entre las pruebas estaba la interceptación de un paquete dirigido a López que contenía menotropina, sustancia incluida en la lista de prohibiciones antidopaje. López apeló inicialmente la decisión ante el TAS y posteriormente acudió al Tribunal Federal suizo. En su recurso cuestionó, entre otros aspectos, el uso de las pruebas obtenidas durante la investigación y la multa impuesta. En una sentencia fechada el 19 de agosto de 2026, el Tribunal Federal desestimó el recurso y consideró que el TAS podía utilizar las pruebas aportadas por las autoridades españolas. También avaló la norma de la UCI que permite imponer una multa equivalente al 70% de los ingresos brutos del ciclista cuando se configura una infracción antidopaje intencional. La UCI informó que el procedimiento disciplinario quedó definitivamente cerrado.