Primera Página – Agencia de Noticias –

 

Bogotá. – En días recientes, algunos sectores lanzaron acusaciones contra el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma, por autorizar la importación de combustibles por parte de la empresa Primax.

 

La importación de entre 100.000 y 130.000 barriles de gasolina por parte de Primax no fue una decisión improvisada ni aislada. Fue autorizada por el director de Hidrocarburos, bajo criterios técnicos, logísticos y financieros, como lo permite el marco legal vigente. Estos volúmenes representan una fracción mínima: apenas entre el 5 % y el 7 % de lo que Ecopetrol importa regularmente, y no más del 2 % al 3 % del total de combustibles que abastecen al país. Es decir, su impacto sobre el mercado es marginal.

 

Más importante aún, esta medida respondió a una situación de abastecimiento crítica en zonas históricamente desatendidas como Nariño y el Pacífico colombiano, regiones donde el suministro de combustibles ha sido recurrentemente irregular. Lejos de tratarse de una jugada política, fue una acción orientada a garantizar los derechos básicos de la población de estos territorios, cuya conectividad y economía dependen del acceso constante y seguro a los energéticos. Así lo entendieron y celebraron diversas autoridades locales, que vieron en esta operación una solución efectiva y oportuna.

 

Desde la expedición de la Resolución 180522 de 2010, y su modificación posterior mediante la Resolución 40736 de 2015, el Ministerio de Minas y Energía está facultado para autorizar directamente la importación de combustibles en casos de necesidad o desabastecimiento.

 

La ley no obliga a realizar subastas públicas para este tipo de decisiones cuando no se solicita apoyo del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc). Es más, el espíritu de esta normativa es precisamente permitir respuestas ágiles del Estado ante situaciones que puedan poner en riesgo la continuidad del suministro.

 

De hecho, en este caso particular no hubo ninguna afectación al Fepc. La operación se realizó sin que Primax solicitara compensaciones y, por el contrario, generó beneficios financieros tangibles para el sistema. Resulta llamativo que algunos de los críticos omitan estos datos fundamentales y prefieran alimentar narrativas que desconocen el marco regulatorio y la lógica del sistema energético nacional.


Acá la Resolución completa: RESOLUCIÓN 40736 DE 2015