Primera Página – Agencia de Noticias – 

Bogotá. - El Gobierno Nacional publicó el Decreto 1047 por medio del cual prohíbe las exportaciones de carbón a Israel, esto se da luego de que el presidente de Colombia, Gustavo Petro Urrego, anunciará en junio esta decisión por la guerra en Gaza.

El documento, el cuál fue objeto de observaciones, establece tres excepciones sobre los cuales no aplicará la medida:

1.Las mercancías que, antes de la entrada en vigor de este decreto, estén amparadas con una Solicitud de Autorización de Embarque debidamente presentada y aceptada por la Dian, o con un Formulario de Movimiento de Mercancías debidamente autorizado por el usuario operador.

2.Las sociedades de comercialización internacional autorizadas que, antes de la entrada en vigencia de la medida, hubieren expedido el certificado al proveedor.

3.Los negocios jurídicos perfeccionados hasta la fecha, que generan una situación jurídica consolidada o una expectativa legítima.

El decreto firmado entra en vigencia a partir del próximo jueves 22 de agosto y se mantendrá hasta que Israel cumpla las ordenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia, y señala que esta se justifica bajo el artículo 14.2 del tratado suscrito entre la Colombia e Israel, el cual autoriza a ambas partes, a adoptar dicha norma y las que se consideren necesarias para el cumplimiento sus obligaciones en virtud de la Carta de las Naciones Unidas, frente a al mantenimiento o a la restauración de la paz o la seguridad internacional.