Primera Página - Agencia de Noticias - Bogotá. — El Consejo de Estado emitió un fallo en el que ordenó a Ecopetrol S.A. pública en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop II), toda la información sobre los contratos que desarrolla. El alto tribunal ordenó revocar una sentencia del diez de diciembre de 2024, dictada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el que se argumentaba que la petrolera estaba exceptuada por el Estatuto General de Contratación Pública y que se regía por las reglas del derecho privado. Demanda En ejercicio de la acción de cumplimiento prevista en el artículo 87 de la Constitución y desarrollada por la Ley 393 de 1997, la Fundación para el Estado de Derecho presentó demanda en contra de Ecopetrol S.A., con el fin de obtener el cumplimiento de lo previsto el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022. Como consecuencia, solicitó que se le ordene a la accionada cumplir con el deber de publicar «toda la actividad contractual» en la plataforma del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop II). 2. Hechos relevantes El actor explicó que la actividad contractual de Ecopetrol S.A. exceptuada del Estatuto General de Contratación Pública, por lo tanto, se rige por las reglas del derecho privado. Precisó que Colombia Compra Eficiente, mediante la Circular única Externa No. 002 del 23 de agosto de 2024, reiteró la obligación legal de las entidades estatales cuentan con régimen de contratación especial y excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.