Primera Página – Agencia de Noticias –
Bogotá. – La reforma tributaria propuesta por el Gobierno de Gustavo Petro ha cobrado relevancia tras la declaración de inexequibilidad del artículo que prohibía deducir regalías a las petroleras. Esto conllevó a una reorganización del presupuesto para el año 2024. Por otra parte, la Corte Constitucional ha respaldado el artículo 75 de dicha reforma, declarándolo exequible.
«La Corte declaró que la modificación que se introdujo en la reforma tributaria a
los delitos fiscales cumplió con los principios de consecutividad e identidad flexible propios del trámite legislativo», indicó el alto tribunal en un comunicado.
“Buenas noticias: habrá cárcel por omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes. La Corte Constitucional declaró exequibles los artículos que fortalecen los tipos penales de la Ley 2277 de 2022. Se logrará evitar el daño que los evasores le causan al recaudo tributario”, escribió Luis Carlos Reyes, director de la Dian en la red social, tras conocer el fallo.
Es importante destacar que, tras debates en el Congreso de la República, la norma establece que quienes por tercera ocasión oculten bienes por más de 1.000 millones de pesos o evadan impuestos por más de 100 millones de pesos tendrán que purgar entre 4 y 9 años de cárcel.
Aunque en las dos primeras ocasiones en que una persona cometa estas acciones para no tributar, no se le privará de la libertad, siempre y cuando se ponga al día, en una nueva reincidencia responderá penalmente.
Este es uno de los puntos cruciales de la reforma con los que se busca combatir la evasión y endurecer las medidas en contra de los evasores.



